Paternidad

Licencia CON GOCE DE SUELDO, hasta 15 días hábiles contados a partir del nacimiento, de acuerdo a lo previsto por el artículo 48º, inc. “a” de la Resolución nº 1222/14 del H. Consejo Superior y por el artículo 1º de la Ordenanza 02/11 del H. Consejo Superior.
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